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    Coacción administrativa, responsabilidad patrimonial del Estado y Convenio Europeo de Derechos Humanos (de la Sentencia de la Sala 3.ª del Tribunal Supremo de 31 de enero de 2003 a la Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 8 de enero de 2009, caso Iribarren Pinillos contra España)

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    Javier.Barcelona.Llo ... (154.6Kb)
    Identificadores
    URI: http://hdl.handle.net/10902/4284
    ISSN: 1989-0656
    ISSN: 0034-7639
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    Autoría
    Barcelona Llop, Francisco JavierAutoridad Unican
    Fecha
    2009
    Derechos
    © Centro de Estudios Políticos y Constitucionales
    Publicado en
    Revista de Administración Pública, 2009, 179, 187-218
    Editorial
    Centro de Estudios Políticos y Constitucionales
    Palabras clave
    Responsabilidad patrimonial de la Administración
    Convenio Europeo de Derechos
    Intervención de las fuerzas de policía
    Principio de proporcionalidad
    Derecho a un recurso efectivo
    Derecho a la integridad física
    Patrimonial liability of the Administration
    European Convention on HumanRights
    Action of the police forces
    Proportionality
    Right to physical integrity
    Right to an effective remedy
    Resumen/Abstract
    La Sentencia del TEDH de 9 de enero de 2009 (caso Iribarren Pinillos contra España) declara que el Estado demandado ha vulnerado el artículo 3 del Convenio (derecho a no sufrir torturas ni malos tratos) porque el Tribunal Supremo no indemnizó al demandante, herido de gravedad por las fuerzas de policía. La Sentencia de Estrasburgo corrige la interpretación que de los hechos hizo el Tribunal Supremo y deduce del artículo 3 del Convenio un derecho a la indemnización prácticamente autónomo, desligado de una previa declaración de vulneración material o procedimental del precepto y del derecho a un recurso efectivo (art. 13 del Convenio).
     
    The ECHR’s judgement in the case Iribarren Pinillos v. Spain declares that had been a violation of article 3 of the European Convention on Human Rights (prohibition of torture or inhuman or degrading treatment) because the Spanish Supreme Court did not award a dammage compensation to the applicant, who had been severely wounded by the police forces. The Strasbourg judgement deduces from article 3 ECHR a right to be compensated regardless of a previous declaration of violation (material or procedural) of the right ensured by the article 3 and of the right to an effective remedy (art. 13).
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