dc.description.abstract | La igualdad de hombres y mujeres siempre ha sido objeto del derecho. En España,
desde hace ya más de cien años, se ha aspirado a que todos los ciudadanos sean iguales
ante la ley. Previamente a la República, durante el reinado de Alfonso XIII, se hicieron
ciertas concesiones a las mujeres que, aunque incipientes, supusieron un pequeño avance
en cuanto a derechos; como con las leyes de protección al trabajo o una mayor facilidad
para cursar estudios universitarios, entre otros. La igualdad ante la ley se recoge por
primera vez en la Constitución de la República Española de 6 de julio de 1931 (CE 1931,
en adelante), en su artículo segundo “todos los españoles son iguales ante la ley”.
No obstante, esto no ha sido siempre así. Antes de la mencionada norma, esta
igualdad jurídica no existía en nuestra nación. La Segunda República, fue un punto de
inflexión para la consagración de los derechos de las mujeres y de los trabajadores. Sin
embargo, esta época de prosperidad social y cultural no duró demasiado, ya que, con la
consecución de la guerra civil y la posterior dictadura, todos los avances que
paulatinamente fueron realizándose durante la República, se vieron aminorados e incluso
eliminados. | es_ES |