Las cláusulas de elección de foro en los contratos de transporte marítimo de mercancías en régimen de conocimiento de embarque: los arts. 251 y 468 de la Ley de Navegación Marítima
Jurisdiction agreements in contracts for the carriage of goods by sea under bill of lading. Arts. 251 and 468 of Spanish Maritime Navigation Act
Ver/ Abrir
Registro completo
Mostrar el registro completo DCAutoría
Hernández Rodríguez, Aurora
Fecha
2023Derechos
© Cuadernos de Derecho Transnacional
Publicado en
Cuadernos de Derecho Transnacional, 2023, 15(1), 403-421
Editorial
Universidad Carlos III de Madrid
Enlace a la publicación
Palabras clave
Cláusulas de jurisdicción
Contratos de transporte marítimo de mercancías
Conocimiento de embarque
RBI-bis
Ley de Navegación Marítima
Jurisdiction clauses
Bill of Landing
Resumen/Abstract
Las cláusulas de elección de foro desempeñan una función especialmente importante en el ámbito de los contratos de transporte marítimo de mercancías, en esencia de carácter internacional, aportando seguridad jurídica y potenciando al mismo tiempo el tráfico comercial. Las cláusulas de elección de foro insertas en conocimientos de embarque, sin embargo, suscitan determinados problemas de validez formal del consentimiento y oponibilidad frente a terceros. El art 25 RBI-bis guarda silencio sobre la eficacia traslativa de los acuerdos de jurisdicción, viniendo a ser colmada esta laguna por la jurisprudencia del TJUE. La aplicación y la interpretación de esta jurisprudencia en relación con los arts. 251 y 468 LNM ha hecho surgir posiciones enfrentadas tanto en la doctrina como en los tribunales españoles, y ha originado finalmente la presentación de una cuestión prejudicial ante el TJUE.
Jurisdiction clauses play a particularly important role in the field of contracts for the carriage of goods by sea, which are essentially international in nature, providing legal certainty and at the same time promoting commercial traffic. The forum selection clauses inserted in bills of lading, however, raise certain problems of formal validity of the consent and opposability against third parties. Article 25 RBI-bis is silent on the translational effectiveness of jurisdiction agreements, this gap being filled by the jurisprudence of the TJUE. The application and interpretation of this jurisprudence in relation to arts. 251 and 468 LNM has given rise to conflicting positions both in the doctrine and in the Spanish courts, and has finally led to the presentation of a preliminary ruling before the CJUE.
Colecciones a las que pertenece
- D27 Artículos [305]