La reforma del delito de tráfico de órganos
The reform of the crime of organ trafficking
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URI: https://hdl.handle.net/10902/26257Registro completo
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Pila Fernández, NataliaFecha
2022-07-12Director/es
Derechos
© Natalia Pila Fernández
Palabras clave
Tráfico Ilegal de Órganos
Donante Vivo
Donante Fallecido
Consentimiento
Resumen/Abstract
RESUMEN: España, pese a ser el primer país en donaciones y trasplantes de órganos a nivel mundial, sigue sufriendo las consecuencias del tráfico de órganos. Esto supone un problema a nivel internacional, no solo nacional, lo que motivó la necesidad de prohibir dichas conductas adoptándose así, numerosas medidas internacionales. Para dar respuesta a esta problemática en el ámbito nacional, se reformó el Código Penal en dos ocasiones. La primera reforma, se introdujo a través de la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, en la cual se contempla por primera vez el delito del tráfico de órganos. Y hubo una posterior reforma, a través de la Ley Orgánica 1/2019, de 20 de febrero, que amplía la tipificación del artículo 156 bis.
ABSTRACT: Spain, despite being the first country in organ donations and transplants worldwide, continues to suffer the consequences of organ trafficking. This is a problem at an international level, not just a national one, which gives rise to the need to prohibit such conduct, thus adopting numerous international measures. To respond to this problem at the national level, the Penal Code was reformed twice. The first reform was introduced through Organic Law 5/2010, of June 22, which contemplates for the first time the crime of organ trafficking. Additionally, there was a subsequent reform, through Organic Law 1/2019, of February 20, which expands the typification of article 156 bis.