Salud laboral en la judicatura. ¿Competencia del orden social o del orden contencioso?. STS-SOC núm. 483/2019, de 24 de junio.
Ver/ Abrir
Registro completo
Mostrar el registro completo DCAutoría
López Cumbre, Lourdes
Fecha
2019Derechos
©Agencia Estatal del Boletín Oficial del Estado
Publicado en
Revista de Jurisprudencia Laboral (RJL), ISSN-e 2659-787X, Nº. 5, 2019. Origen del documento: Agencia Estatal del Boletín Oficial del Estado
Editorial
BOE
Enlace a la publicación
Palabras clave
Salud laboral
Jueces y magistrados
Competencia jurisdiccional
Riesgos psicosociales
Sobrecarga de trabajo judicial
Occupational health
Judges and magistrates
Jurisdiction
Psychosocial risck
Judicial overload work
Resumen/Abstract
RESUMEN. La determinación del criterio para evaluar la sobrecarga de trabajo en los jueces como riesgo laboral provoca un conflicto competencial. La prevención de riesgos laborales compete de forma exclusiva al orden social; sin embargo, la reforma del poder judicial avalaría otorgar la competencial al orden contencioso. Posibilidad esta última rechazada por la sentencia.
ABSTRACT. The determination of the criteria for assessing work overload in judges as occupational risk leads to a conflict of competence. The prevention of occupational risks belongs exclusively to the social order; however, the reform of the judiciary would guarantee the granting jurisdiction to the contentious order. Possibility of the latter rejected by the sentence.
Colecciones a las que pertenece
- D27 Artículos [305]