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    Salud laboral en la judicatura. ¿Competencia del orden social o del orden contencioso?. STS-SOC núm. 483/2019, de 24 de junio.

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    SaludLaboralEn.pdf (176.6Kb)
    Identificadores
    URI: http://hdl.handle.net/10902/20904
    ISSN: 2659-787X
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    Autoría
    López Cumbre, LourdesAutoridad Unican
    Fecha
    2019
    Derechos
    ©Agencia Estatal del Boletín Oficial del Estado
    Publicado en
    Revista de Jurisprudencia Laboral (RJL), ISSN-e 2659-787X, Nº. 5, 2019. Origen del documento: Agencia Estatal del Boletín Oficial del Estado
    Editorial
    BOE
    Enlace a la publicación
    https://www.boe.es/biblioteca_juridica/anuarios_derecho/abrir_pdf.php?id=ANU-L-2019-00000000540
    Palabras clave
    Salud laboral
    Jueces y magistrados
    Competencia jurisdiccional
    Riesgos psicosociales
    Sobrecarga de trabajo judicial
    Occupational health
    Judges and magistrates
    Jurisdiction
    Psychosocial risck
    Judicial overload work
    Resumen/Abstract
    RESUMEN. La determinación del criterio para evaluar la sobrecarga de trabajo en los jueces como riesgo laboral provoca un conflicto competencial. La prevención de riesgos laborales compete de forma exclusiva al orden social; sin embargo, la reforma del poder judicial avalaría otorgar la competencial al orden contencioso. Posibilidad esta última rechazada por la sentencia.
     
    ABSTRACT. The determination of the criteria for assessing work overload in judges as occupational risk leads to a conflict of competence. The prevention of occupational risks belongs exclusively to the social order; however, the reform of the judiciary would guarantee the granting jurisdiction to the contentious order. Possibility of the latter rejected by the sentence.
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