La incorporación de la perspectiva de género en el derecho
Gender mainstreaming in law
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Identificadores
URI: http://hdl.handle.net/10902/20089Registro completo
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Coterillo Laso, RaquelFecha
2020-09-07Director/es
Derechos
Atribución-NoComercial-SinDerivadas 3.0 España
Palabras clave
Perspectiva de género
Sexo
Techo de cristal
Conciliación
Corresponsabilidad
Estereotipos de género
Discriminación por razón de sexo
Igualdad efectiva
Gender perspective
Sex
Glass ceiling
Conciliation
Co-responsibility
Gender stereotypes
Gender discrimination
Resumen/Abstract
RESUMEN: La perspectiva de género es un instrumento multidireccional que supera la
diferenciación sexual. Acoge otras categorías como la raza o la etnia, y analiza la
construcción social y cultural, así como los roles de géneros asociados por una
sociedad patriarcal, identificando lo femenino y lo masculino. Su objetivo es plasmar
la desigualdad de género en todas las clases sociales y llegar a una igualdad material.
Pretende desnaturalizar el rol hegemónico vinculado a lo masculino
heterosexual, a través del estudio del impacto de género, en las oportunidades de las
personas y sus interacciones.
En el marco jurídico internacional, destaca la CEDAW, así como la Cuarta
Conferencia mundial sobre la mujer de Beijing. Mientras que en España, la LO 3/2007
representa la norma base de igualdad efectiva. Avanza en la legislación sobre la
conciliación familiar y laboral femenina, y acoso sexual en el trabajo, entre otros
muchos temas propios del género.
Respecto a la jurisprudencia, los operadores jurídicos atienden, en el ámbito
laboral, cada vez, con mayor precisión, las circunstancias sociales de ambos géneros,
traduciéndose en sentencias justas. Primero, se exponen sentencias sobre la
discriminación directa por razón de género, desde la imposición de un código de
vestimenta diferenciado a los hombres, pasando por el despido por causa de embarazo,
llegando al acoso sexual en el trabajo. En segundo lugar, se exponen sentencias sobre
discriminación indirecta, en concreto, sobre la corresponsabilidad de ambos
progenitores para lograr que ambos puedan dedicarse a su profesión y su familia, y la
retribución salarial discriminatoria.
Aunque, en general, todavía queda un largo camino para proclamar una
igualdad no solo formal, sino también efectiva, los avances son evidentes.
ABSTRACT: The gender perspective is a multidirectional instrument which overcomes
sexual differentiation. It includes other categories such as race or ethnicity, and analyses the social and cultural construction, as well as the gender roles associated
with a patriarchal society, identifying the feminine and the masculine. Its aim is to
translate gender inequality into all social classes and achieve material equality.
It seeks to eradicate the hegemonic role linked to the heterosexual masculine,
through the study of the gender impact on people‟s opportunities and their interactions.
In the international legal framework, CEDAW stands out, as does the Fourth
World Conference on Women in Beijing. Whereas in Spain, LO 3/2007 represents the
basic rule of effective equality. This represents a step forward in the legislation for
reconciling work and family life and sexual harassment in the workplace, among many
other topics specific to the genre.
With regard to case-law, in the work sphere, legal operators are dealing with
the social circumstances of both sexes with increasing precision, resulting in fair
sentences. Firstly, sentences on gender-based discrimination are exposed, from the
imposition of a dress code, dismissals due to pregnancy, to sexual harassment at work.
Secondly, sentences on indirect discrimination, specifically on the joint responsibility
of both parents to pursue their profession and family, and wage discrimination.
Although, in general, there is still a long way to go to proclaim not only formal
but also effective equality, the progress is evident.