La retroactividad de las normas en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional
Retroactivity according to the Constitutional Court
Ver/ Abrir
Identificadores
URI: http://hdl.handle.net/10902/12072Registro completo
Mostrar el registro completo DCAutoría
Santervás Bedoya, PatriciaFecha
2017-06Director/es
Derechos
© Patricia Santervás Bedoya
Resumen/Abstract
RESUMEN: Es destacadísima la importancia que tiene en un sistema democrático el reconocimiento del principio de prohibición de la irretroactividad como máximo garante de la seguridad jurídica. De igual manera es más que necesario que para que esta norma general se cumpla se tiene que establecer una serie de excepciones que en este caso son los diferentes grados de retroactividad que la jurisprudencia ha establecido. Si bien es cierto que la Constitución solo reconoce la irretroactividad para aquellas normas restrictivas de derechos individuales y para el derecho sancionador, tanto en su rama penal como en su rama administrativa. No ha sido imposible trasladar este principio a otras materias como el derecho tributario. Como se va a recordar a lo largo de todo el trabajo, la retroactividad se reconoce en un doble sentido como prohibición y como posible garantía cuando beneficie a los sujetos, en tanto en cuanto no afecte a situaciones consagradas. Todo ello nos lleva a indicar que a pesar de que el principio de no retroactividad es claro, tenemos que detenernos en el estudio de las circunstancias concretas del caso. Precisamente la doble vertiente de la retroactividad de la que hablábamos antes evita la petrificación del ordenamiento jurídico, algo que sería completamente autoritario y que no dejaría margen ni a los operadores económicos ni a los operadores sociales. A lo largo del trabajo haremos especial hincapié en la importancia que tiene estudiar el principio de seguridad jurídica y la irretroactividad de forma conjunta, es más, se puede indicar, completamente seguros de estar en lo cierto, que la prohibición de retroactividad es una parte fundamental de la seguridad jurídica, al igual que lo es el reconocer que esta prohibición en ocasiones tiene que fallar para poder servir al interés público y al estado social y democrático de derecho.
ABSTRACT: No-retroactivity is the most important principle of democratic system. Althoung , It is necessary to establish exceptions, in this case are the different degrees of retroactivity that the jurisprudence has established. The Constitution only recognizes non-retroactivity for those rules restricting individual rights and for the sanctioning right. It has not been impossible to transfer this principle to other laws matters. Retroactivity is recognized in a double sense, as a prohibition and as a possible guarantee when it benefits the subjects. All this leads us to indicate that although the principle of non-retroactivity is clear, we should stop in the study of the concrete circumstances of the case. The double aspect of the retroactivity of which we spoke before avoids the petrification of the legal order, something that would be completely authoritarian and that would leave no margin neither to the economic operators and the social operators. In the course of the work we will emphasize the importance of studying the principle of legal certainty and non-retroactivity in a joint manner. It can be indicated the prohibition of retroactivity is an important part of legal security. It is to recognize that this prohibition sometimes has to fail in order to serve the public interest and the social and democratic state of law.