Las Cláusulas sociales en la contratación pública de las Entidades Locales
Social clauses in public procurement of the local entities
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URI: http://hdl.handle.net/10902/10629Registro completo
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Fernández Sanz, AmayaFecha
2016-11Director/es
Derechos
© Amaya Fernández Sanz
Resumen/Abstract
RESUMEN: Las Cláusulas Sociales son criterios específicos de índole social, laboral o
medioambiental que se incorporan en la contratación pública, para favorecer e
incrementar el beneficio de la colectividad, más allá de la ejecución de obras,
servicios o suministros.
Todos los contratos que celebre la Administración Pública se deben ajustar a
los principios de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia
y no discriminación e igualdad de trato entre los candidatos.
Los órganos de contratación de la propia Administración deben seguir una serie
de normas específicas de inicio, desarrollo y ejecución del contrato público; así
como los licitadores del mismo, que deberán cumplir entre otros requisitos,
poseer plena capacidad de obrar, no estar incursos en una prohibición de
contratar y que acrediten una solvencia económica, financiera y técnica o
profesional.
La forma de incluir las Cláusulas sociales en el proceso de contratación pública
es a través de sus diferentes fases, bien en la preparación del contrato, en la
fase de selección, adjudicación o de ejecución del mismo.
Las Cláusulas Sociales están amparadas en el marco jurídico nacional, la
Constitución Española como el actual Texto Refundido de la Ley de contratos
del Sector Público, y diferentes informes y estudios relacionados con la
responsabilidad social; A nivel comunitario, distintas Comunicaciones y
Directivas fomentan la utilización de las mismas.
La utilización de este tipo de criterios especiales, supone un beneficio general
para todas las partes, para la propia Administración, la empresa licitadora, para
las personas en riesgos de exclusión social como para el conjunto de la
Sociedad en general, ya que se incluyen aspectos sociales, laborales y
medioambientales
ABSTRACT: The social Clauses are specific criteria of social, labor or environmental nature
that join in public procurement tendering procedures with the aim of
increasing the benefit of the community, adding social value beyond the
execution of works or provision of services or supplies.
All contracts concluded by the public administration must be adjusted to the
principles of free access to tenders, publicity and transparency, non
discrimination and equal treatment of candidates.
The Government Contracting authorities must follow rules on the onset,
development and performance of the public contract; as well as tenderers,
which must meet selection criteria requirements like having full capacity to act,
not being affected by a prohibition to contract and be able to accredit
economic, financial and technical or professional solvency
Social clauses in public procurement process can be included in different
phases, in the preparation of the contract, in the selection phase, award or
performance.
Social clauses are covered in the national legal framework: the Spanish
Constitution the current text revised of the law of contracts in the Public Sector,
and various reports and studies related to social responsibility; At EU, various
communications and directives promote the use of them.
The use of this type of special criteria supposes an overall benefit for all parts,
for the public administration, the tendering company, for people at risk of social
exclusion and for the whole society in general as it includes social, labor and
environmental aspects.